Son muchos los casos en los que tras darse el desgraciado fallecimiento de un familiar, estos se encuentran en la desagradable circunstancia de recibir una Notificación bien de la Agencia Tributaria, bien del Ayuntamiento donde tenía su vivienda, informándoles del incumplimiento de las obligaciones previstas en la normativa que desarrolla el Impuesto de Sucesiones o el Impuesto sobre el incremento de los terrenos de naturaleza urbana o Plusvalía, y en consecuencia la imposición de una sanción administrativa así como, en su caso, unos intereses de demora por las cantidades dejadas de abonar.

GPV Abogados es un Bufete que cuenta con profesionales especializados en la Gestión de Herencias, entre cuyos objetivos se encuentra, conseguir que el dolor padecido por la pérdida de un familiar querido, no se vea prolongado y acentuado por la omisión de trámites de obligado cumplimiento con la Administración, cuya omisión conlleva, a la postre, dicho efecto en forma desagradables sanciones administrativas, frustrantes periplos por la Agencia Tributaria, Ayuntamientos e interminables colas, fácilmente evitables con un correcto asesoramiento.

Naturalmente, cuando se da el fallecimiento de un familiar o allegado querido pocas ganas quedan de “mover” papeles, consultar a nadie o dar vueltas de un lugar a otro,… pero, obligados a hacerlo, siempre es mejor ir bien asesorado y a tiempo de resolverlos en los plazos que marca la Ley.

A continuación os contestamos a algunas de las preguntas más habituales que nos realizan nuestros clientes:

  • ¿Cómo puedo saber si se otorgó Testamento?

Acudiendo al Registro de Actos de Últimas Voluntades con el Certificado de Defunción del fallecido.

  • ¿Testamento o Declaración de herederos?

Solo hay que realizar Declaración de herederos ab intestato en caso de ausencia de Testamento.

  • ¿Declaración de herederos ab intestado en Notaria o en el Juzgado?

Desde la reforma operada por medio de la Ley 15/2015 de 2 de Julio, de la jurisdicción voluntaria, TODAS las Actas de Declaraciones de herederos ab intestato les compete realizarlas a los Notarios.

  • ¿En qué Notaría tengo que hacer la Declaración de herederos ab intestato?

También con la entrada en vigor de la Ley 15/2015 de 2 de Julio, de la jurisdicción voluntaria, se ha flexibilizado mucho esta cuestión, pudiendo escoger libremente entre cualquier Notaria entre las sitas en el lugar donde el fallecido tenía su último domicilio o su residencia habitual, la localidad donde este falleció, o donde este tenía la mayor parte de su patrimonio, incluso, en cualquiera de las Notarías de las localidades cercanas a estas. En caso de no poder optar entre alguna de estas, será competente el Notario del domicilio del requirente.

  • ¿Tengo que declarar algún Impuesto?

Sí. Impuesto de Sucesiones e Impuesto sobre el Incremento de los Terrenos de Naturaleza Urbana o Plusvalía.

  • ¿Siempre sale a pagar los Impuestos?

No. En muchos casos queda exento o reducida la cuota a pagar.

  • ¿Existe algún plazo para presentar los Impuestos?

Sí, 6 meses desde el fallecimiento.

  • ¿Qué es la Escritura de Partición y Adjudicación de la Herencia?

Es el documento Notarial en el que se recogen los bienes que conforman la Herencia del causante, sus valores, los herederos y la forma en la que se reparten estos.

  • ¿Estoy obligado a hacerla?

No. Infórmate en tu despacho de Abogados especializado para saber cando debes hacerla.

  • ¿Debo ir al Registro de la Propiedad a inscribir la Escritura de Adjudicación y Aceptación de la Herencia?

No es obligatorio, ni hay plazo para hacerlo. Solo en caso de vender deberá estar inscrita en el Registro.

En GPV Abogados te invitamos a consultarnos cualquier duda que se te planteé, llamándonos o enviándonos un email con tu teléfono donde nos pondremos en contacto para darte una PRIMERA CITA GRATUITA en la que te atenderá nuestro Abogado especializado en Herencias para orientarte y valorar tu situación de forma más personalizada y te realizara un presupuesto personalizado, garantizándole los PRECIOS MINIMOS ESTIPULADOS EN EL BAREMO ORIENTADOR DE HONORARIOS PROFESIONALES DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS CORRESPONDIENTE.